07 Oct Parque Eólico Las Américas 3
El Parque Eólico “PE Las Américas 3” se diseña en diferentes parcelas pertenecientes a los términos municipales de Santa María de Cayón, Villafufre y Santiurde de Toranzo, Cantabria. La energía generada por el Parque Eólico “PE Las Américas 3” se evacuará a través de una red subterránea de media tensión de 30 kV hasta la Subestación Elevadora “Las Américas 3” 220/30 kV.
A continuación, saldrá una línea aéreo-subterránea de 220 kV hasta la SET Colectora Saguales, de la cual saldrá de nuevo una línea aéreo-subterránea de 220 kV hasta la Subestación de Promotores Mustera 220 kV. Finalmente, desde dicha subestación saldrá una línea subterránea de 220 kV hasta la SE Astillero 220 kV (propiedad de Red Eléctrica S.A.).
La medida principal de facturación se realizará en la posición de salida en 220 kV de la “Subestación de Promotores Mustera 220 kV”. En la sala de contadores se instalará el contador destinado a la medida de la energía eléctrica suministrada por el parque eólico. Además de ello, la Subestación Elevadora “Las Américas 16” 220/30 kV contará con un punto de medida de la energía generada por la instalación. El Parque Eólico se diseña considerando plataformas para la construcción de los aerogeneradores, consistentes en la cimentación de la torre y en el propio aerogenerador.
La consecución de estos objetivos implicará la utilización de equipos y materiales de alta calidad que, además, permitan garantizar en todo momento la seguridad tanto de las personas como de la propia red y los restantes sistemas que están conectados a ella.
DOCUMENTACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO
Descripción de la actividad
La actividad que se llevará a cabo en la zona es la producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica, la cual se basa en el aprovechamiento de la energía cinética de las masas de aire que puede convertirse en energía mecánica y a partir de ella en energía eléctrica.
No se producirán residuos durante el proceso productivo ni existe peligro de vertidos contaminantes ni emisiones.
La construcción del Parque Eólico se justifica por la necesidad de conseguir los objetivos y logros propios de una política energética medioambiental sostenible.
Solicitud de autorización
El órgano competente para autorizar la instalación y ante el que se puede obtener información, presentar observaciones, efectuar alegaciones o formular consultas es la Dirección General de Industria, Energía y Minas (Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio) y, dado que la instalación citada afecta a bienes y derechos a su cargo, se indica a continuación de este párrafo el/los enlace/s desde el/los que podrán descargar la/s separata/s del proyecto, en la parte que la instalación les afecta: https://intercambio.cantabria.es/index.php/s/1odeoRvkbiAXjWF
Asimismo, el proyecto presentado está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria de acuerdo con lo previsto en el Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Por tanto, de conformidad con lo establecido en los artículos 36 y 37 de dicha Ley 21/2013, y con el fin de garantizar que la documentación que debe someterse a información pública tenga la máxima difusión, se ponen a su disposición el proyecto del parque, incluida su infraestructura de evacuación, y el estudio de impacto ambiental, en la siguiente dirección de internet: https://dgicc.cantabria.es/informacion-publica
Igualmente, se dispone de una representación cartográfica del parque eólico en el Visualizador de Información Geográfica del Gobierno de Cantabria, activando la capa “Energía”: https://mapas.cantabria.es/
Por todo ello, y en cumplimiento de la normativa sectorial y ambiental aquí mencionada, se les otorga un plazo de TREINTA DÍAS para que presten su conformidad u oposición a la autorización solicitada y emitan los informes o formulen las alegaciones que estimen pertinentes.
